PATRIMONIO ENCEBOLLADO SOLICITUD PUBLICA

A propósito de la declaratoria de patrimonio cultural inmaterial al encebollado guayaco, nos hemos reunido entre algunos miembros del CUUM para solicitar al Ministerio de Cultura y Patrimonio y al Instituto Nacional de Patrimonio Cultural el expediente que contiene los procesos y actores involucrados en esta declaratoria.

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Creemos que el patrimonio cultural inmaterial y su reconocimiento son una importante alternativa para el desarrollo local sostenible y por eso no podemos permitir que sean instrumentalizados por las grandes industrias.

Los procesos deben respetarse y los acuerdos internacionales a los que nuestro país adhiere tienen como objetivo garantizar que los beneficios de estas iniciativas lleguen a las comunidades y pueblos portadores de los saberes y prácticas.

Gracias por adherir a esta importante solicitud que nace desde la ciudadanía como un ejemplo de organización colectiva para el ejercicio de nuestros derechos.

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Solicitud de información acerca del expediente de la declaratoria del Encebollado guayaquileño como Patrimonio Cultural Inmaterial del Ecuador.

Quienes conformamos el Comité de Usuarias y Usuarios del Mercado de Alimentos (CUUM), organización ciudadana de hecho, conformada en septiembre del 2015, adscrita a la Superintendencia de Control del Poder de Mercado. Nuestra finalidad es promocionar y velar por una alimentación rica, sana y de nuestra tierra. Es así, que nos articulamos con diversos actores del sistema agroalimentario: agricultoras, procesos artesanales, cocineras, docentes, comunicadoras, profesionales de la salud, abogadas, investigadoras, entre otros.

En esta oportunidad, nos dirigimos a ustedes a propósito de la declaratoria del encebollado como Patrimonio Cultural Inmaterial que, según la difusión en medios y canales institucionales, fue una propuesta liderada por la empresa de alimentos procesados La Real, y apoyada por los Ministerios de Cultura y Patrimonio y de Turismo.

CONSIDERACIONES

  1. Presentamos esta carta como personas involucradas en acciones en torno a la investigación, defensa y promoción de la alimentación y en ejercicio democrático de nuestro derecho a la presente petición  utilizando los mecanismos que la normativa ecuatoriana habilita como son los artículos 18 y 227 de la Constitución de la República del Ecuador, los artículos 1, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 19, 32 y 34 de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el artículo 5 de la Ley para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos que amparan el derecho de acceso a la información pública en Ecuador.
  2. Entendemos a las cocinas tradicionales como el conjunto de prácticas, saberes, objetos y espacios inherentes a ellos, necesarios para la producción, transformación y comercialización del alimento.Estas provienen de un largo proceso cultural, en contextos socio ecológicos específicos. En ese sentido, las personas y el ambiente se relacionan para alimentar los cuerpos biológicos y  para contribuir en tanto sujeto sociales, culturales. Las cocinas tradicionales crean y gestionan espacios de construcción identitaria a partir de la reproducción de manifestaciones culturales únicas de cada uno de los contextos, y a su vez se reconoce como un espacio privilegiado para la autonomía para las mujeres
  3. Las cocinas tradicionales, asumidas como patrimonio inmaterial, contienen prácticas, representaciones, expresiones, conocimientos y habilidades que suceden dentro de colectivos. Dichos saberes fortalecen el tejido social, son transmitidos de generación en generación, y facilitan ejercicios de memoria. El carácter patrimonial de un alimento es otorgado también por las comunidades en donde éste se reproduce y recrea.  Es así que el alimento patrimonial es aquel que permite a las personas sentirse parte de una comunidad.
  4. Las declaratorias de patrimonio son acciones administrativas que se enmarcan en procedimientos normados que corresponden a las autoridades competentes, siendo el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural el llamado a pronunciarse técnicamente y decidir sobre su viabilidad y validez, antes de solicitar la declaratoria por parte del Ministerio de Cultura y Patrimonio. 
  5. Consideramos que la importancia de la patrimonialización de un alimento, de un bien material e inmaterial, radica en el reconocimiento de dicho bien, pero especialmente en el reconocimiento, diseño y ejecución de políticas públicas concretas en favor de las personas y sus contextos, pues su existencia depende de  contextos culturales y ecológicos que permiten su reproducción. El patrimonio alimentario debe emerger como un recurso para la reivindicación territorial, social, cultural, ambiental y económica de los grupos sociales que los custodian. De lo contrario se obtienen intervenciones que favorecen de manera desigual a las grandes empresas y al sector de restaurantes que poco interés tiene en producir comida bajo criterios técnicos responsables y en diálogo y respeto con su entorno.

Solicitamos a ustedes informar de manera detallada sobre:

  1. El expediente que contiene los procesos y los actores vinculados, que llevaron al Ministerio de Cultura y Patrimonio a emitir la declaratoria del encebollado como patrimonio cultural inmaterial. 
  2. El plan de salvaguardia que contiene las medidas encaminadas a la dinamización, revitalización, transmisión, comunicación, difusión, promoción, fomento y protección del Encebollado como Patrimonio Cultural Inmaterial.
  3. Los programas, proyectos, actividades y/o medidas adoptadas por el Ministerio de Cultura y Patrimonio que, como ente rector de la política pública de cultura y patrimonio, planea implementar o se encuentra implementando sobre el patrimonio alimentario ecuatoriano en las que, entendemos, se inserta esta declaratoria.

Esperamos contar con una respuesta que permita nutrir el conocimiento sobre los sistemas alimentarios ecuatorianos y fortalecer el trabajo conjunto entre la sociedad civil y las instituciones competentes hacia el acceso justo e igualitario de los beneficios y oportunidades que las declaraciones de patrimonio agroalimentario generan a los territorios y comunidades.