¿Qué pasó en Audiencia del decreto nocivo 645?

La Audiencia Pública para demandar la Acción de Protección frente al decreto ejecutivo 645, que disminuye los impuestos al tabaco, alcohol, bebidas azucaradas, fundas plásticas y armas, se instaló luego de un aplazamiento de 11 días. Este fue un pedido de la abogada Yolanda Salgado, defensora de la presidencia, con el motivo de desarrollar su argumentación técnica. Finalmente, el lunes 27 de junio del 2023, a las 14h30 se desarrolló la audiencia.

El Juez Renán Andrade no emitió su sentencia y convocó para el lunes 3 de julio del 2023 a las 15h00, para emitir su sentencia.  

Los actores de la demanda

Los demandantes son la ciudadanía organizada en el colectivo Todos y todas por la vida, con Angélica Porras como abogada.

Los acusados o demandados son la presidencia de la República, con su abogada Yolanda Salgado. 

El Juez Renán Andrade quien condujo la Audiencia Pública

El público en general, de forma presencial y virtual, que se dio cita, a pesar de la falta de agilidad para autorizar el ingreso a la sala zoom.

La pobre defensa técnica de la presidencia

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  1. Acción de Protección es improcedente e impertinente. Para la presidencia el decreto 645 no es una política pública. Al parecer, poner en discusión la vulneración de derechos a la salud y la vida es impertinente.
  2. Las participaciones de los expertos internacionales pretendió ser anulada, por no referirse a la realidad ecuatoriana. Al parecer, la pandemia de sobrepeso y obesidad que afecta a la región y al mundo, no es relevante para la presidencia. 
  3.  Para la presidencia, los únicos que pueden defender los derechos son los ministerios, alegando que no estaban presentes en la audiencia. Desestimando la organización ciudadana, los actores protagónicos de esta demanda. Y desconociendo el informe técnico emitido por el Ministerio de Salud, que considera «que no se puede sustentar la reducción de impuestos, efectuada a través del decreto 645, conforme el marco legal y la mejor evidencia científica disponible»
  4. Finalmente, no es posible incidir en el libre arbitrio de las personas. Desestimando todas las investigaciones nacionales e internacionales que hablan sobre los determinantes de la salud. 
Los argumentos fueron rebatidos por los abogados con sustento científico y bajo la mirada de los participantes. Finalmente, el Dr. Miguel Malo, demandante, respondió con un claro ejemplo por qué este decreto vulnera sus derechos.

Próximos pasos

Finalmente, el Juez Renán Andrade, se abstuvo de emitir su veredicto. Decidió que no escuchará los amicus presentados, y convocó a una nueva audiencia para emitir su sentencia el día lunes 3 de julio del 2023.